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Inma Rodríguez Páez


Defensa penal · Delitos contra el patrimonio

Abogada penalista para hurtos y robos en Málaga

Un vigilante que te para a la salida de una tienda, una denuncia por un robo en una vivienda, un coche que aparece en un garaje que no es el tuyo. Los delitos contra el patrimonio son los más frecuentes en los juzgados de Málaga y los que más se dan por sentados, y ahí está el error. Entre un hurto de menos de 400 euros, que se resuelve con una multa, y un robo en casa habitada, que se castiga con hasta cinco años de prisión, hay una escala entera de calificaciones que depende de detalles que a menudo nadie discute. Yo los discuto.

Defensa de la persona acusada y acusación particular en nombre de quien ha sufrido el robo, en los juzgados de toda la provincia de Málaga.

Cámara de vigilancia en la fachada de un edificio

Hurto, robo con fuerza y robo con violencia

Juicios por delito leve y procedimientos abreviados

Defensa y acusación particular

Presupuesto cerrado por escrito

Hurto, robo con fuerza y robo con violencia, tres delitos distintos

La palabra robo se usa para todo, pero el Código Penal distingue tres figuras con penas muy diferentes. Saber en cuál encaja lo que ha pasado es la primera decisión de la defensa, y muchas veces la única que importa.

Artículos 234 y 235

Hurto

Llevarse una cosa ajena sin fuerza ni violencia. Si vale más de 400 euros, prisión de seis a dieciocho meses. Si vale 400 o menos, es delito leve y la pena es una multa de uno a tres meses, salvo que haya condenas anteriores por lo mismo o alguna agravante. Sube a entre uno y tres años cuando afecta a cosas de valor artístico, a cableado e infraestructuras, a explotaciones agrarias, cuando es de especial gravedad o cuando hay tres condenas previas por delitos menos graves o graves.

Artículos 237 a 241

Robo con fuerza en las cosas

Entrar o salir del lugar escalando, rompiendo una pared, una puerta o una ventana, forzando una cerradura, con llaves falsas o anulando una alarma. Prisión de uno a tres años, y de dos a cinco si el robo es en casa habitada, en un local abierto al público o concurre una agravante del hurto. En un establecimiento fuera de su horario, de uno a cinco. Los casos de especial gravedad llegan a seis años.

Artículo 242

Robo con violencia o intimidación

Un tirón, un empujón, una amenaza para que la víctima suelte lo que lleva. Prisión de dos a cinco años, sin contar la pena de las lesiones que se causen, y de tres años y medio a cinco si ocurre en casa habitada. Con armas u otros medios peligrosos, la mitad superior. Cuando la violencia es de poca entidad, el tribunal puede bajar la pena un grado, y eso se pide con argumentos, no se concede solo.

Los detalles que cambian la pena

En un atestado por hurto o robo se dan por hechas muchas cosas. Estas son las que compruebo en cada expediente antes de aceptar ninguna calificación.

El valor de lo sustraído. La frontera de los 400 euros se cruza con una tasación, y la tasación se puede discutir. Precio de venta, precio de coste, estado de las cosas, IVA incluido o no.

Consumación o tentativa. Que te paren dentro de la tienda, en la puerta o ya en la calle no es lo mismo, y en la tentativa la pena baja uno o dos grados.

Si hubo fuerza de verdad. Solo cuenta la fuerza para entrar o salir del lugar, y de los tipos que fija la ley. Abrir una puerta que no estaba cerrada no es, en principio, fuerza en las cosas.

La entidad de la violencia. Un forcejeo leve para retener un bolso puede llevar la pena un grado por debajo. Hay que pedirlo y acreditarlo.

Las cámaras y los reconocimientos. Cómo se identificó a la persona, si la grabación se ha aportado entera y cómo se hizo la rueda o el reconocimiento fotográfico.

Los antecedentes que cuentan. Solo las condenas firmes, de la misma naturaleza y no canceladas. Es habitual que el atestado sume antecedentes que ya no valen.

La devolución y la reparación. Devolver lo sustraído o pagar su valor antes del juicio es una atenuante, y en los delitos leves cambia mucho el resultado.

Bicicleta atada con un candado a una farola en la calle

Lo que más se ve en los juzgados de Málaga

Turismo, segundas residencias y zonas de ocio hacen que la provincia tenga un volumen alto de estos asuntos. Cada uno tiene su propia forma de defenderse.


Hurto en tienda o supermercado

Vigilantes, cámaras y una tasación hecha a precio de venta. Casi siempre delito leve, pero con la multirreincidencia y la tentativa como puntos de discusión. Se resuelve en un juicio por delito leve al que conviene no ir sin preparación.


Carteristas y hurtos en zonas turísticas

Centro de Málaga, paseos marítimos, transporte público. Detenciones en flagrante con la víctima extranjera que a menudo no vuelve para el juicio, lo que condiciona la prueba.


Robo en vivienda o segunda residencia

Urbanizaciones de la costa y chalés vacíos fuera de temporada. Prueba indirecta, huellas, cámaras de vecinos, objetos recuperados. La calificación de casa habitada se aplica aunque los dueños no estuvieran.


Coches y motos

Llevarse un vehículo para usarlo y devolverlo en menos de cuarenta y ocho horas es hurto de uso, con trabajos en beneficio de la comunidad o multa. Si no se devuelve, es hurto o robo con todas sus consecuencias.


Cableado, cobre y explotaciones agrícolas

Sustracciones en obras, en instalaciones eléctricas y en fincas del interior de la provincia. El Código Penal las agrava a entre uno y tres años cuando causan un quebranto grave al servicio o superan los 400 euros en explotaciones agrarias.


Robos con violencia entre conocidos

Discusiones por deudas, parejas que se separan, compañeros de piso. Lo que empieza como una disputa acaba calificado como robo con intimidación, y la defensa pasa por explicar el contexto y la entidad real de lo ocurrido.

A un lado y al otro del atestado

Si te acusan


No declares en comisaría sin haber hablado antes conmigo. En estos delitos lo que se dice el primer día sobre el valor, sobre la intención o sobre cómo se entró en el sitio condiciona la calificación.


Guarda tickets, mensajes y cualquier cosa que explique qué hacías allí o de dónde salió lo que te atribuyen.


Si es un delito leve, no es obligatorio ir con abogado, pero una condena deja antecedentes y cuenta para la multirreincidencia. Ir preparado cambia el resultado.

Si te han robado


Denuncia cuanto antes y aporta todo lo que tengas, facturas de lo sustraído, fotos, grabaciones de cámaras propias o de vecinos, partes médicos si hubo violencia.


Como acusación particular puedo pedir diligencias que la fiscalía no pide y evitar que el asunto se archive por falta de autor conocido sin agotar las posibilidades.


La indemnización, el valor de lo sustraído, los daños en la vivienda o el vehículo y las lesiones, se reclama dentro del mismo procedimiento penal.

Preguntas frecuentes

Lo que me preguntan sobre hurtos y robos

Si lo que llevabas no supera los 400 euros y no tienes condenas anteriores por lo mismo, es un delito leve, se juzga en un juicio por delito leve sin fase de instrucción y la pena es una multa de uno a tres meses. Aun así, deja antecedentes, y con tres condenas anteriores por delitos de la misma naturaleza, aunque alguna sea leve, el siguiente hurto de menos de 400 euros se castiga ya con pena de prisión. Además, que te paren antes de salir abre la discusión de si el hurto se consumó o se quedó en tentativa. Merece la pena ir al juicio preparado.

El hurto es llevarse algo ajeno sin más. El robo es llevarse algo empleando fuerza en las cosas para entrar o salir del lugar donde estaba (escalar, romper una puerta o una ventana, forzar una cerradura, usar una llave falsa o anular una alarma) o empleando violencia o intimidación sobre una persona. Cambia todo, la pena mínima del robo con fuerza es un año de prisión y la del robo con violencia dos, sea cual sea el valor de lo sustraído. Por eso muchas defensas consisten en demostrar que no hubo fuerza ni violencia y que lo que hay es un hurto.

Sí. Devolver lo sustraído o pagar su valor antes del juicio es la atenuante de reparación del daño, que rebaja la pena, y en los delitos leves suele pesar mucho en la decisión del juez y en la disposición de la víctima. En el hurto de uso de vehículos la ley va más lejos, si el coche o la moto se devuelven en cuarenta y ocho horas la pena es de trabajos en beneficio de la comunidad o multa, no de prisión.

El robo con fuerza en casa habitada se castiga con prisión de dos a cinco años, y de dos a seis si es de especial gravedad. Casa habitada es cualquier vivienda que sirva de morada aunque sus dueños estuvieran fuera en ese momento, e incluye patios, garajes y dependencias comunicadas con ella. Si además hubo violencia o intimidación sobre alguien, la pena es de tres años y medio a cinco. En estos asuntos la prueba suele ser indirecta, huellas, cámaras, objetos encontrados después, y ahí está la defensa.

Mucho. Con tres condenas firmes anteriores por delitos de la misma naturaleza, un hurto de menos de 400 euros deja de ser leve y pasa a castigarse con prisión de seis a dieciocho meses, y si las tres condenas eran por delitos menos graves o graves, el hurto se agrava hasta uno a tres años. Lo primero que hago es comprobar qué antecedentes cuentan de verdad, porque los cancelados o los que deberían estarlo no se pueden tener en cuenta, y eso se olvida en muchos atestados.

Denunciar sí, siempre, aunque solo sea para el seguro y para que conste. Llevar abogada merece la pena cuando hay algo que recuperar o que reclamar, un robo en la vivienda, un atraco con lesiones, un hurto en el negocio que se repite. Como acusación particular puedo pedir diligencias que la fiscalía no pide, seguir el procedimiento para que no se archive sin más y reclamar la indemnización dentro del mismo juicio.

Contacto

Cuéntame qué ha pasado y cuánto vale

Escríbeme por WhatsApp con la citación, la denuncia o el atestado. Con eso te digo si es un hurto o un robo, si es leve o no, qué pena real se maneja y qué se puede hacer antes del juicio. Si te han robado a ti, cuéntame qué y dónde, y te digo si compensa personarse.

Esta página forma parte de Defensa penal. Si la persona detenida es extranjera, mira también Penal y extranjería.


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