Ir al contenido principal

Inma Rodríguez Páez


Defensa penal · Delitos contra la salud pública

Abogada penalista para delitos de tráfico de drogas en Málaga

Una detención por drogas empieza casi siempre igual, un cacheo en la calle, un control en la carretera o un registro en casa, y a partir de ahí todo va muy deprisa. En setenta y dos horas se decide si pasas a disposición judicial, si el fiscal pide prisión provisional y qué consta en un atestado que va a pesar durante todo el procedimiento. Me ocupo de la defensa desde comisaría, en los juzgados de toda la provincia de Málaga. Importa cuánto había, importa qué sustancia era y, tanto como eso, cómo lo encontraron.

Tenencia para el tráfico, cultivo, transporte y venta al menudeo. Y también lo contrario, demostrar que lo que llevabas era para consumir, que el cultivo era compartido o que la prueba se obtuvo mal.

Unas esposas sobre una mesa, detención por un delito de tráfico de drogas

Asistencia al detenido en comisaría y juzgado de guardia

Registros, cacheos e intervenciones telefónicas

Juicios ante la Sección Penal y la Audiencia Provincial de Málaga

Presupuesto cerrado por escrito

Qué dice el Código Penal y dónde están los límites

El artículo 368 castiga cultivar, elaborar, traficar y, en general, promover o facilitar el consumo ilegal de drogas, y también tenerlas con ese fin. La pena depende de la sustancia, de la cantidad y de las circunstancias, y entre el tipo básico y el más grave hay una distancia enorme.


Sustancias que causan grave daño a la salud (cocaína, heroína, MDMA, anfetaminas). Prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droga.


Hachís, marihuana y demás sustancias que no causan grave daño. Prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo.


Tipo atenuado. Cuando el hecho es de escasa entidad y las circunstancias personales lo justifican, el tribunal puede bajar la pena un grado. Es la vía habitual en la venta al menudeo de pequeñas cantidades.


Agravantes del artículo 369. Notoria importancia, venta en establecimientos abiertos al público, facilitar la droga a menores o en centros docentes o penitenciarios, adulterarla. Suben la pena un grado.


Organización y extrema gravedad, artículos 369 bis y 370. Pertenecer a una organización lleva la pena a entre nueve y doce años si la sustancia causa grave daño, y usar barcos, aeronaves o redes internacionales la sube uno o dos grados más.


Rebajas del artículo 376. Uno o dos grados menos para quien abandona la actividad y colabora, y para quien era drogodependiente y acredita haber terminado un tratamiento de deshabituación.


Las cifras que lo cambian todo
750 g De cocaína pura. A partir de ahí, notoria importancia
300 g De heroína pura para la notoria importancia
2,5 kg De hachís. El límite que más se ve en la costa de Málaga
10 kg De marihuana, en peso neto, sin contar tallos ni raíces
601 € Multa mínima por tenencia o consumo en la calle cuando no hay delito
72 h Máximo de detención antes de pasar a disposición judicial

Dónde se juega la defensa

En estos delitos la prueba es casi siempre lo que la policía encontró y cómo lo encontró. La cantidad y la sustancia marcan la pena, y por eso se discuten gramo a gramo. Pero antes reviso el camino que ha seguido esa droga desde el momento en que la intervienen hasta que llega al juicio, porque cualquier fallo en ese camino puede dejar la prueba fuera.

El registro del domicilio. Hace falta autorización judicial, consentimiento válido del titular o flagrante delito. Sin una de las tres, lo hallado no puede usarse.

El cacheo y el registro del coche. Quién lo ordenó, por qué motivo, si había indicios previos o fue un control al azar.

Las intervenciones telefónicas y de mensajería. Deben estar autorizadas por un juez, con motivación suficiente y dentro del plazo.

La cadena de custodia. Quién recogió la sustancia, cómo se precintó, cuándo llegó al laboratorio y si el paquete analizado es el mismo que se intervino.

El pesaje y el análisis de pureza. La notoria importancia se calcula sobre sustancia pura, y en el cannabis sobre el peso neto. Un peso bruto con tallos y raíces no vale.

El destino de la sustancia. Consumo propio, cultivo compartido o venta. Los indicios de venta (báscula, bolsitas, dinero fraccionado, mensajes) se discuten uno a uno.

Un ejemplo real, sin nombres. Tres kilos de plantas de marihuana y absolución, porque poseer no es lo mismo que cultivar para vender. Lo explico en un vídeo de un minuto en Instagram.

Hojas de una planta de marihuana en un cultivo

Los asuntos que más llegan al despacho

Málaga es provincia de costa y de paso, y eso se nota en los juzgados. Estas son las situaciones que más veces me encuentro, cada una con su propia defensa.


Cultivo de marihuana en una vivienda o una nave

Plantas, focos, extractores y a menudo un enganche ilícito a la luz que añade un delito de defraudación de fluido eléctrico. La defensa mira el número de plantas, el peso neto de las que están en producción, para quién era y cómo se entró en el inmueble.


Detención en la calle con varias dosis

Un cacheo en una zona de ocio o a la salida de un local. La cantidad suele ser pequeña y la discusión es si era para consumir o para vender. El atestado, lo que dijiste en comisaría y los indicios que acompañan a la sustancia deciden el asunto.


Transporte por carretera o en ferry

Controles en la A-7 y en la AP-7, en el puerto de Málaga o en la salida hacia el Campo de Gibraltar. Aquí se discute quién sabía qué llevaba el vehículo, la legalidad del registro y si hubo o no organización detrás.


Hachís en la costa

Alijos en playas de la costa occidental, embarcaciones y naves de guarda. Son los asuntos con penas más altas, por la cantidad y por la agravante de organización, y los que más dependen de las intervenciones telefónicas y de los seguimientos.


Pareja o familiar de quien trafica

Vivir con alguien que vende no es delito. Se acusa muchas veces a la pareja o a un familiar por estar en la casa donde aparece la droga, y la defensa consiste en demostrar que no había participación ni disponibilidad sobre la sustancia.


Persona extranjera detenida por drogas

Una condena por tráfico de drogas puede llevar a la expulsión sustitutiva de la pena o a la pérdida de la residencia. Llevo la defensa penal y la situación de extranjería como un solo asunto, porque la pena que se negocia decide las dos cosas.

Qué pasa después de una detención por drogas

El procedimiento tiene un recorrido conocido. Saber en qué punto estás te dice qué se puede hacer todavía.



Fase 1

Comisaría

Entrevista reservada antes de declarar. En estos delitos casi siempre conviene acogerse al derecho a no declarar hasta conocer el atestado. Reviso que consten la hora de la detención, el motivo del cacheo o del registro y lo que se intervino.



Fase 2

Juzgado de guardia

Declaración ante el juez y comparecencia de prisión si el fiscal la pide. Aquí se presenta el arraigo, domicilio, trabajo, familia, para evitar la prisión provisional o conseguir una medida menos grave.



Fase 3

Instrucción

Llega el análisis del laboratorio con el peso y la pureza. Es el momento de impugnar el registro o las escuchas, pedir diligencias y, si procede, plantear el archivo o la calificación como tipo atenuado.



Fase 4

Juicio o conformidad

Ante la Sección Penal o la Audiencia Provincial de Málaga según la pena pedida. Si la prueba es sólida, una conformidad bien negociada puede dejar la pena por debajo de los dos años y abrir la puerta a la suspensión. Si no lo es, se va a juicio.



Fase 5

Después de la sentencia

Recurso, suspensión de la pena si no supera los dos años y no hay antecedentes, sustitución por tratamiento cuando hay drogodependencia acreditada, y más adelante la cancelación de antecedentes.

Preguntas frecuentes

Lo que preguntan quienes acaban de salir de comisaría

El consumo propio no es delito. La tenencia para consumir tampoco, pero si te la encuentran en la calle, en un bar o en un transporte público es una infracción administrativa de la Ley de Seguridad Ciudadana, con multa de 601 a 30.000 euros. El problema empieza cuando la cantidad, la forma de llevarla (varias bolsitas, una báscula, dinero en billetes pequeños) o lo que se dice en el atestado apuntan a que era para vender. Ahí ya es un delito del artículo 368 del Código Penal, y conviene no declarar nada hasta hablar con una abogada.

La ley no fija una cantidad. Los tribunales miran si lo que llevabas supera lo que una persona consumiría en unos días y, sobre todo, el resto de indicios. Lo que sí está tabulado es la notoria importancia, que agrava la pena. Según el criterio del Tribunal Supremo, se alcanza a partir de 750 gramos de cocaína, 300 de heroína, 2,5 kilos de hachís o 10 kilos de marihuana, siempre en sustancia pura o, en el caso del cannabis, en peso neto. Por eso el análisis de pureza y el pesaje importan tanto.

Depende de para qué eran y de cómo se hizo el registro. Cultivar para el propio consumo no es delito, y un cultivo compartido entre consumidores tiene margen de defensa. Si el juzgado entiende que era para vender, la pena del artículo 368 para el cannabis es de uno a tres años de prisión y multa, con posibilidad de rebajarla si el hecho es de escasa entidad. Y antes de todo eso hay que mirar si la entrada en el domicilio se hizo con autorización judicial, con tu consentimiento válido o en flagrante delito. Si no fue así, lo encontrado no puede usarse.

En los delitos de tráfico de drogas la fiscalía la pide con frecuencia, sobre todo si la pena posible es de dos años o más, hay cantidad importante o se habla de organización. El juez de guardia decide en una comparecencia en la que la defensa puede oponerse, y ahí pesa el arraigo, si tienes domicilio, trabajo y familia en Málaga, y si hay riesgo real de fuga o de que se destruyan pruebas. Llegar a esa comparecencia con la documentación del arraigo preparada cambia el resultado muchas veces.

Sí, el Código Penal lo prevé. El artículo 376 permite bajar la pena en uno o dos grados a quien abandona la actividad y colabora activamente con las autoridades, y también a quien era drogodependiente cuando ocurrieron los hechos y acredita haber terminado con éxito un tratamiento de deshabituación, siempre que la cantidad no fuera de notoria importancia. Además, la drogadicción puede funcionar como atenuante. Son vías que hay que preparar con informes, no basta con decirlo en el juicio.

La instrucción la lleva el juzgado del partido judicial donde ocurrieron los hechos, Marbella, Estepona, Vélez-Málaga, Antequera o el que corresponda. El juicio se celebra en Málaga, en la Ciudad de la Justicia, ante la Sección Penal si la pena pedida no pasa de cinco años y ante la Audiencia Provincial si es mayor, que es lo habitual cuando se trata de sustancias que causan grave daño a la salud. Actúo en todos ellos.

Contacto

Cuéntame cómo fue la detención

Escríbeme por WhatsApp con lo que tengas, la citación, el acta de la detención o el auto del juzgado, y dime en qué partido judicial ha ocurrido. Con eso te digo en qué fase estás, qué pena real se maneja y por dónde se puede atacar la prueba. Si la detención es ahora mismo, ponlo en la primera línea.

Esta página forma parte de Defensa penal. Si la persona detenida es extranjera, mira también Penal y extranjería.


Datos de contacto
Teléfono y WhatsApp +34 620 016 925
Correo electrónico info@inmaculadarodriguez.com
Ámbito Juzgados de toda la provincia de Málaga y resto de España · consulta presencial en Málaga capital o Antequera, o por videollamada, previa cita