Accidentes de tráfico · Málaga y toda España
Abogada de accidentes de tráfico en Málaga
Si has tenido un accidente en Málaga o en cualquier punto de la provincia y tienes lesiones, te corresponde una indemnización. Cuánto, depende en buena parte de cómo se reclame. Me ocupo de reclamarla por lesiones y secuelas, primero con una reclamación extrajudicial a la aseguradora y, si no ofrece lo que corresponde, con demanda en el juzgado. Cuando el accidente es además un delito, llevo la parte penal, como acusación si eres la víctima y como defensa si te acusan a ti.
Reclamo accidentes ocurridos en cualquier punto de la provincia. Si hay que demandar o hay causa penal, actúo en los juzgados del partido judicial que corresponda, de Marbella a Vélez-Málaga y de Ronda a Antequera.
Indemnización por lesiones y secuelas
Reclamación extrajudicial a la aseguradora y demanda judicial
Acusación o defensa cuando hay delito
Honorarios por escrito antes de empezar
Qué se puede reclamar tras un accidente
La ley fija una indemnización por cada día que tardas en curar, por cada secuela que te queda y por lo que el accidente te ha impedido hacer. Nada de eso lo calcula la aseguradora a tu favor por iniciativa propia. Estos son los casos que llevo con más frecuencia.
Conductores y ocupantes
Lesiones y secuelas
Esguince cervical, fracturas, cicatrices, limitaciones de movilidad. Se reclaman los días de curación (con o sin ingreso, con o sin baja), las secuelas que queden, y los gastos médicos y de rehabilitación. Los ocupantes están cubiertos por el seguro del coche en el que viajaban, aunque el culpable sea quien conducía.
Peatones, ciclistas y motoristas
Atropellos y caídas
Quien va a pie, en bici o en moto se lleva la peor parte del golpe. Reclamo contra el seguro del vehículo implicado y, si el conductor huyó o no tenía seguro, ante el Consorcio de Compensación de Seguros.
Familiares
Accidentes con fallecidos
La indemnización por fallecimiento corresponde a cónyuge o pareja, hijos, padres, hermanos y allegados, cada uno con su cuantía según el baremo. Es un trámite duro; me encargo de la reclamación completa para que la familia no tenga que tratar con la compañía.
Víctimas de un delito
Acusación particular
Cuando el accidente lo causa una imprudencia grave, un conductor bebido o drogado o alguien que se da a la fuga, hay un procedimiento penal. Como acusación particular defiendo tus intereses en él y pido la indemnización dentro del mismo proceso.
Conductores investigados
Defensa penal
Si el investigado eres tú (lesiones por imprudencia, alcoholemia, negativa a soplar, abandono del lugar), necesitas una abogada penalista desde la primera declaración. Reviso el atestado y las pruebas antes de decidir si conviene la conformidad o el juicio.
Cómo se reclama un accidente de tráfico
La reclamación tiene un orden marcado por la ley. Saltarse un paso o llegar tarde a otro es lo que hace que muchas indemnizaciones se queden cortas.
Las primeras 48 horas
Si hay heridos, que acuda la Policía Local o la Guardia Civil y levante atestado.
Si se firma un parte amistoso, rellénalo con calma y sin reconocer nada que no esté claro.
Fotos del lugar, de los coches y de las señales.
Nombre y teléfono de los testigos.
Ve a urgencias aunque el dolor parezca poco.
La indemnización se calcula con los informes médicos y el seguimiento; lo que no está en un informe no existe para la aseguradora.
Después, la reclamación
Reclamación extrajudicial a la aseguradora
Antes de demandar, la ley obliga a presentar una reclamación extrajudicial por escrito a la compañía del responsable. Desde que la recibe tiene tres meses para hacer una oferta motivada o explicar por qué no la hace. Redacto esa reclamación con toda la documentación médica y el cálculo según el baremo.
Valoración con el baremo
La Ley 35/2015 fija cómo se valora cada lesión, cada secuela y cada día de perjuicio. Comparo la oferta de la compañía con ese cálculo y te digo, con números, si es razonable o no.
Acuerdo o demanda judicial
Si la oferta es correcta, se cobra y se cierra. Si no, presento demanda judicial contra la aseguradora. El plazo para hacerlo es de un año desde que se conoce el alcance definitivo de las lesiones, así que la decisión se toma con tiempo y no a última hora.
Cuánto cuesta reclamar
Depende de si el accidente lleva o no procedimiento penal. En los dos casos los honorarios quedan por escrito en la hoja de encargo antes de empezar, sin letra pequeña.
Un porcentaje de la indemnización
Si tu accidente se resuelve reclamando a la aseguradora y, si hace falta, con demanda judicial, no pagas una cantidad fija. Mis honorarios son un porcentaje de la indemnización que consigamos. El porcentaje concreto se fija por escrito antes de empezar y se calcula solo sobre lo que cobres de verdad, cuando lo cobres. Si al final no hay indemnización, no me pagas nada. La primera consulta, en la que estudio tu documentación y te digo si merece la pena reclamar, tampoco tiene coste.
Presupuesto cerrado por escrito
Si hay un procedimiento penal (acusación particular porque eres la víctima de un delito, o defensa porque el investigado eres tú), el trabajo es distinto y se presupuesta como cualquier asunto penal, con importe cerrado por escrito, con las fases que incluye y lo que queda fuera. Si además hay indemnización que reclamar, se acuerda contigo cómo se combina con lo anterior.
Cuando el accidente es también un delito
Desde 2015 las lesiones causadas por una imprudencia leve no son delito y se reclaman solo a la aseguradora. El asunto pasa al juzgado penal cuando la imprudencia es grave o menos grave, o cuando el conductor ha cometido un delito contra la seguridad vial. Esto es lo que suele verse en Málaga.
Conducir con alcohol o drogas (art. 379 del Código Penal). Con una tasa superior a 0,60 mg/l en aire espirado (1,2 g/l en sangre) el delito existe aunque no haya síntomas; por debajo, hay que probar que el alcohol afectaba a la conducción.
Negarse a la prueba de alcoholemia o de drogas (art. 383), que se castiga con más pena que dar positivo.
Abandonar el lugar del accidente habiendo heridos (art. 382 bis).
Lesiones por imprudencia grave o menos grave (art. 152). En la menos grave hace falta que la víctima denuncie. Si no lo haces, no hay procedimiento.
Estos asuntos van casi siempre por juicio rápido, y ahí se decide mucho en pocos días. Si eres la víctima, personarte como acusación particular te permite intervenir en el juicio y pedir la indemnización dentro del proceso penal, sin esperar a un pleito civil aparte. Si eres el conductor investigado, lo explico con detalle en el artículo sobre alcoholemia y juicio rápido.

Dudas habituales después de un accidente
Cuéntame cómo fue el accidente
Escríbeme por WhatsApp con lo que tengas, el parte o el atestado, los informes médicos y, si ya la hay, la oferta de la aseguradora. Con eso delante te digo qué puedes reclamar y cuánto, más o menos, y dónde está el problema si lo hay. Si tu accidente no lleva procedimiento penal, esa consulta no tiene coste.
Si el accidente ha acabado en un procedimiento penal, mira también Defensa penal.
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