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Inma Rodríguez Páez


Derecho penal · Málaga y toda España

Abogada de defensa penal en Málaga

Una detención, una citación para declarar como investigado, una denuncia contra ti. En un procedimiento penal lo primero que se decide es lo que más pesa después, qué se declara, qué no, qué prueba se pide y qué se deja pasar. Me ocupo de la defensa desde comisaría hasta la sentencia y los recursos, y de la acusación particular cuando la víctima quiere que alguien defienda sus intereses en el juicio.

Actúo en los juzgados de toda la provincia de Málaga (Málaga, Marbella, Torremolinos, Fuengirola, Vélez-Málaga, Estepona, Antequera, Ronda, Coín, Torrox y Archidona) y en el resto de España.

Columnas y techo acristalado de un edificio público

Asistencia al detenido y declaración como investigado

Instrucción, juicio oral y recursos

Acusación particular para víctimas

Presupuesto cerrado por escrito

Delitos que llevo con más frecuencia

Cada uno tiene su procedimiento, sus plazos y sus trampas. Si lo tuyo no está en la lista, escríbeme igualmente, la lista recoge lo más habitual, no todo lo que hago.


Seguridad vial

Alcoholemia, drogas y conducción sin permiso

Conducir con alcohol o drogas, negarse a la prueba, conducción temeraria, exceso de velocidad y conducir sin carné o con el permiso retirado. Casi siempre por juicio rápido, con la conformidad sobre la mesa desde el primer día.

Ver seguridad vial

Lesiones

Lesiones, peleas y agresiones

Desde la riña que acaba en un parte de urgencias hasta las lesiones graves. Importa el informe médico, quién empezó, si hubo legítima defensa y si los hechos son delito leve o menos grave, porque cambia todo el procedimiento.

Ver lesiones

Violencia de género

Violencia de género y doméstica

Procedimientos ante las secciones de violencia sobre la mujer, órdenes de protección, alejamientos y sus quebrantamientos. Llevo tanto la defensa de la persona denunciada como la acusación en nombre de la víctima.

Ver violencia de género

Patrimonio

Hurto, robo, estafa y apropiación indebida

Delitos contra el patrimonio, incluidas las estafas por internet y las que se cometen entre familiares o socios. El límite de los 400 euros separa el delito leve del menos grave y con él cambian las penas y el juzgado.

Ver hurtos y robos

Salud pública

Tráfico de drogas

Tenencia para el tráfico, cultivo, transporte y venta. La defensa se juega en la cantidad, en el destino de la sustancia y en cómo se obtuvo la prueba, registros, intervenciones telefónicas, cacheos. Un registro mal hecho puede anular todo el procedimiento.

Ver tráfico de drogas

Armas

Armas, municiones y explosivos

Tenencia ilícita de armas, depósito, tráfico y tenencia de explosivos, y el uso de armas en la comisión de otros delitos. Estoy formada en balística forense y armamento, y eso me permite leer el informe pericial con criterio propio y rebatirlo cuando hay por dónde.

Ver delitos de armas

Extradición

Extradición y orden europea de detención

Detenciones en Málaga por órdenes de otros países, dentro y fuera de la Unión Europea. Los plazos corren en horas y la primera comparecencia decide si esperas en prisión o en libertad y si acabas entregado o juzgado en España. También alertas de Interpol y Schengen antes de la detención.

Ver extradición

En qué momento estás

El procedimiento penal tiene fases, y en cada una se puede hacer algo distinto. Saber en cuál estás es lo primero que miro cuando me escribes, porque de eso depende qué se puede hacer todavía y qué ya no.



Fase 1

Detención

Asistencia en comisaría o en el cuartel de la Guardia Civil y en el juzgado de guardia. Entrevista reservada antes de declarar, control de que se respetan los plazos (72 horas como máximo) y de lo que consta en el atestado.



Fase 2

Citación como investigado

Antes de la declaración pido el expediente y lo leo. Con él delante decidimos si declarar, qué contestar y qué diligencias pedir. Es el momento que más condiciona el resto del procedimiento.



Fase 3

Instrucción

El juzgado investiga durante un plazo de doce meses, prorrogable. Es la fase para proponer pruebas de descargo, impugnar las que se hayan obtenido mal y pedir el archivo cuando no hay base para seguir.



Fase 4

Juicio oral

Escrito de defensa, prueba y juicio. O, si conviene, conformidad, es decir, pactar la pena con la fiscalía a cambio de evitar el juicio, con todas sus consecuencias explicadas antes de firmar.



Fase 5

Recursos y ejecución

Apelación de la sentencia, suspensión de la pena de prisión cuando cabe, sustitución por trabajos o multa, y más tarde la cancelación de los antecedentes. La condena no es el final del trabajo.

Si eres la víctima, nos personamos como acusación particular

Denunciar no es lo mismo que ser parte. Si solo denuncias, la fiscalía decide por ti qué se pide y qué se acepta. Como acusación particular tienes voz propia en el procedimiento.


Puedes personarte en cualquier momento antes del trámite de calificación, con tu propia abogada, y acceder a las actuaciones.


Propones pruebas, recurres las decisiones que te perjudican y presentas tu propio escrito de acusación, aunque la fiscalía pida menos o pida el archivo.


Pides medidas de protección cuando hacen falta, orden de alejamiento, prohibición de comunicación, orden de protección en violencia de género.


Reclamas la indemnización por los daños dentro del mismo procedimiento penal, sin tener que ir después a un pleito civil.

Pluma estilográfica escribiendo sobre un cuaderno
Preguntas frecuentes

Lo que se pregunta todo el mundo al empezar

Como máximo 72 horas. En ese plazo la policía tiene que ponerte en libertad o a disposición del juzgado. Desde el primer momento tienes derecho a un abogado, a no declarar, a que avisen a un familiar y a que te vea un médico. Y antes de declarar en comisaría tienes derecho a hablar a solas con tu abogada; usa ese derecho.

La denuncia es poner unos hechos en conocimiento de la policía o del juzgado; la puede presentar cualquiera, sin abogado, y no te convierte en parte del procedimiento. La querella se presenta con abogada y procurador, va dirigida contra alguien concreto y desde el primer día te constituye en acusación, con acceso a la causa y capacidad para proponer pruebas. Para hechos sencillos suele bastar la denuncia; cuando el asunto es complejo o la otra parte tiene medios, la querella marca el ritmo desde el principio.

En tu casa, solo con tu consentimiento, con una orden judicial o si hay un delito flagrante. Con el móvil pasa algo parecido. Acceder a su contenido (mensajes, fotos, ubicaciones) exige autorización del juez o tu consentimiento expreso, y ese consentimiento se pide a menudo en comisaría, en un momento en el que no conviene darlo sin hablar antes con tu abogada. Lo que se obtiene saltando esas reglas puede quedar fuera del juicio.

Es un acuerdo con la fiscalía por el que aceptas los hechos y una pena a cambio de evitar el juicio. En los juicios rápidos, si se acepta ante el juzgado de guardia, la pena se reduce en un tercio. Conviene cuando la prueba en contra es sólida y la pena pactada es asumible; no conviene cuando hay defensa posible o cuando la condena, aunque sea pequeña, tiene consecuencias que nadie te ha explicado (antecedentes, permiso de conducir, residencia, trabajo). Eso hay que mirarlo antes de firmar, no después.

No necesariamente. Las penas de prisión de hasta dos años pueden suspenderse si es tu primera condena y se ha pagado o garantizado la responsabilidad civil, entre otros requisitos. La suspensión la decide el juez, no es automática, y se puede condicionar a cumplir ciertas obligaciones. Gran parte del trabajo de defensa, cuando la condena no se puede evitar, consiste en que la pena quede dentro de ese margen.

Un procedimiento abreviado para delitos castigados con hasta cinco años de prisión que se han cometido a la vista de la policía o cuya investigación es sencilla, como alcoholemias, hurtos, lesiones leves, quebrantamientos, algunos casos de violencia de género. Se tramita desde el juzgado de guardia y en pocos días puedes estar ante el juez. Esa rapidez es su trampa, porque hay que decidir sobre la conformidad casi sin tiempo, y por eso conviene llamar a una abogada en cuanto te citan, no la víspera.

Sí. Desde que te comunican que estás investigado tienes derecho a conocer los hechos que se te atribuyen y a acceder a las actuaciones, con tiempo suficiente antes de declarar. La única excepción es que el juez haya declarado secreto el sumario, algo que solo puede durar un mes, prorrogable, y que tiene que levantarse antes de que termine la instrucción. Ir a declarar sin haber leído el expediente es renunciar a ese derecho.

No hay una duración fija. Un juicio rápido se resuelve en días. En el resto de casos la instrucción tiene un plazo legal de doce meses, que el juez puede prorrogar por periodos de seis, y después viene el señalamiento del juicio, que depende de la carga de cada juzgado. En la provincia de Málaga, entre la denuncia y la sentencia pueden pasar con facilidad más de un año.

Depende de la pena y se cuenta desde que se cumplió. Seis meses para las penas leves, dos años para las de hasta doce meses y las de delitos imprudentes, tres años para el resto de penas menos graves de menos de tres años, cinco años para las menos graves de tres años o más y diez años para las graves. La cancelación hay que pedirla, y conviene hacerlo en cuanto se cumple el plazo, sobre todo si tienes trámites de extranjería o de trabajo por medio.

Sí. Si en la instrucción no aparecen indicios suficientes, o los hechos no son delito, el juzgado dicta el sobreseimiento y la causa se archiva sin juicio. Puede ser provisional, si falta prueba, o libre, si los hechos no son delito o no los cometió el investigado. Pedirlo con argumentos en el momento adecuado es una parte normal de la defensa.

Contacto

Cuéntame qué ha pasado

Escríbeme por WhatsApp con lo que tengas, la citación, la denuncia, el atestado o simplemente lo que te han dicho. Si hay una detención en curso o una declaración en los próximos días, ponlo en la primera línea del mensaje y lo atiendo con prioridad.

Si tu asunto tiene que ver con tu residencia o con un accidente, mira también Penal y extranjería o Accidentes de tráfico.


Datos de contacto
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