Derecho penal
Delito de petaqueo en España, qué es y qué pena tiene

El petaqueo ha sido durante años uno de los asuntos más discutidos en los juzgados del Campo de Gibraltar. Con ese nombre se conoce el almacenamiento, el transporte y el suministro clandestino de combustible, destinado en determinados casos a abastecer embarcaciones utilizadas por organizaciones dedicadas al narcotráfico. Su tratamiento penal generó dudas durante años, hasta que la Ley Orgánica 1/2026, de 8 de abril, añadió un apartado nuevo al artículo 568 del Código Penal.
Qué es el petaqueo
El petaqueo consiste, en términos generales, en transportar, almacenar o suministrar combustible de forma clandestina. En el contexto del narcotráfico del Estrecho de Gibraltar, esta actividad se ha relacionado con el abastecimiento de las denominadas narcolanchas.
El combustible suele transportarse en garrafas o recipientes conocidos como “petacas”. De ahí procede el término con el que se conoce esta actividad.
El problema jurídico que se planteó durante años fue determinar si estas conductas podían considerarse delito aplicando el artículo 568 del Código Penal, aunque este precepto no estuviera específicamente diseñado para el petaqueo. Durante 2025 y los primeros meses de 2026, distintos tribunales mantuvieron criterios diferentes sobre la posibilidad de aplicarlo al transporte de gasolina.
Qué decía el artículo 568 antes de la reforma
El artículo 568 castiga la tenencia o el depósito de sustancias o aparatos explosivos, inflamables, incendiarios o asfixiantes, así como su fabricación, tráfico, transporte o suministro no autorizado. La pena es de cuatro a ocho años de prisión para los promotores y organizadores, y de tres a cinco años para quienes hayan cooperado a su formación.
La discusión estaba en si la gasolina, que es un producto de venta libre, podía considerarse sin más una de esas sustancias inflamables a estos efectos, y si bastaba con la cantidad transportada para entender que existía un depósito. Este precepto forma parte de los delitos de armas, municiones y explosivos, pensados para materiales de otra naturaleza.
Qué dijo el Tribunal Supremo sobre el petaqueo
La cuestión llegó al Tribunal Supremo, que se pronunció mediante la STS 388/2026, de 10 de junio.
El Tribunal Supremo estableció que el antiguo artículo 568 no permitía sancionar sin más el transporte de gasolina como simple carburante. La mera relación del combustible con el narcotráfico tampoco permitía aplicar automáticamente este precepto.
En el caso analizado, el Supremo dejó sin efecto el sobreseimiento libre y ordenó continuar la investigación por el artículo 348 del Código Penal, al considerar que podía existir un peligro concreto derivado del almacenamiento o transporte del combustible.
Ese artículo 348 castiga a quien, en el transporte, la tenencia o la comercialización de sustancias inflamables, contraviene las normas de seguridad establecidas y pone en concreto peligro la vida, la integridad física o la salud de las personas, o el medio ambiente. La pena es de seis meses a tres años de prisión, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial de seis a doce años, sensiblemente inferior a la del artículo 568.
Qué pena tiene actualmente el delito de petaqueo
La reforma introducida por la Ley Orgánica 1/2026 cambió el marco jurídico. El nuevo artículo 568.2 del Código Penal establece que, en los supuestos del apartado anterior, cuando la sustancia inflamable sea un combustible líquido, la pena será de tres a cinco años de prisión.
La norma también permite a los tribunales imponer la pena inferior en grado cuando se trate de conductas de menor entidad, atendiendo a las circunstancias del hecho y del autor. Esa previsión es la que permite distinguir a quien organiza el suministro de quien transporta unas garrafas de forma puntual, y en la práctica es donde se juega buena parte de la defensa.
La ley se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 9 de abril de 2026 y entró en vigor al día siguiente, el 10 de abril de 2026.
Se aplica la nueva regulación a hechos anteriores
No de forma automática. La propia Ley Orgánica 1/2026 incluye una disposición transitoria según la cual los delitos cometidos hasta el día de su entrada en vigor se juzgan conforme a la legislación penal vigente en el momento de su comisión, y la nueva ley solo se aplica a hechos anteriores si sus disposiciones resultan más favorables para el reo.
En los procedimientos por hechos anteriores al 10 de abril de 2026 hay que determinar, por tanto, qué legislación resulta aplicable y comparar uno y otro marco penal. El propio Tribunal Supremo no aplicó retroactivamente el nuevo artículo 568.2 en la sentencia dictada sobre hechos anteriores a la reforma.
La fecha de los hechos es, por eso, una de las primeras cosas que hay que mirar en un procedimiento por petaqueo.
La importancia de una defensa penal individualizada
En un procedimiento por petaqueo no basta con conocer la cantidad de combustible intervenida. Es necesario estudiar cómo se produjo el transporte o el almacenamiento, qué conducta concreta se atribuye a la persona investigada y qué pruebas existen en la causa.
También debe analizarse la fecha de los hechos y la legislación aplicable, una cuestión especialmente relevante en los procedimientos iniciados por hechos anteriores a la reforma de 2026. Y cuando el petaqueo aparece dentro de una causa más amplia, conviene revisar desde el principio qué se atribuye a cada persona, porque la calificación cambia mucho según el papel que se sostenga en el tráfico de drogas.
La evolución de la jurisprudencia demuestra que el tratamiento penal del petaqueo ha cambiado en poco tiempo. Por eso, cada procedimiento requiere un análisis individualizado de sus circunstancias.
Conclusión
El delito de petaqueo cuenta actualmente con una regulación específica en el artículo 568.2 del Código Penal. La reforma de 2026 establece una pena de tres a cinco años de prisión para los supuestos previstos en la norma cuando la sustancia inflamable sea un combustible líquido, con la posibilidad de rebajarla un grado en las conductas de menor entidad.
Sin embargo, los hechos anteriores a la entrada en vigor de la reforma deben analizarse conforme a la legislación aplicable en cada caso y teniendo en cuenta la jurisprudencia existente.
Si estás siendo investigado por un posible delito de petaqueo, es importante revisar desde el principio la fecha de los hechos, la conducta que se te atribuye y las pruebas incorporadas al procedimiento.
¿Estás en esta situación?
Si tú o alguien de tu familia estáis investigados por un posible delito de petaqueo, mándame por WhatsApp la citación o el auto y te digo qué legislación se aplica a tus hechos y qué margen hay. Trabajo en los juzgados de la provincia de Málaga y en el resto de España.